La vivienda compartida de uso turístico es legal

La vivienda compartida de uso turístico es legal

Aprobado el decreto de turismo, pendiente desde el 2015

Permite que en viviendas privadas pueda haber cuatro turistas un mes

Podrán organizar actividades complementarias, como por ejemplo reuniones o catas

El nuevo decreto preverá el fraude y dará más seguridad jurídica

El gobierno aprobó ayer el nuevo decreto de turismo, pendiente desde el 2015, que ordena una normativa dispersa y en algunos casos obsoleta, y se posa en el día con la evolución de nuevos modelos de alojamiento que se tenían que regular, como por ejemplo la vivienda compartida. La consejera de Empresa y Conocimiento, Àngels Chacón, explicó: “Me comprometí a aprobar este decreto cuando me nombraron para el cargo”, y ayer, finalmente, la promesa se hizo realidad. Fue en el último consejo de gobierno antes de las vacaciones y, quizás, en uno de los últimos antes de acabar la legislatura. Las principales novedades del decreto es la regulación de alojamientos singulares y la legalización de los hogares compartidos, también que se da más competencias a los alojamientos rurales, clasifica los campings con estrellas y prevé que un mínimo del 60% de los fondos recaudados por la tasa turística se tenga que destinar a la promoción turística.

Uno de los puntos más importantes del decreto es la creación de la figura del hogar compartido. Este es un alojamiento turístico dentro de la vivienda principal de su titular, que podrá compartir vivienda con un máximo de cuatro personas durante periodos de un mes (estancias iguales o inferiores a 31 días). El titular de la vivienda, eso sí, tendrá la obligatoriedad de residir y compartir la vivienda con los turistas porque “un hogar compartido no será en ningún caso una pensión”, especificó el director general de Turismo, Octavi Bono, que aseguró que como única condición al propietario del piso que quiere alquilar habitaciones se le pedirá una declaración de responsabilidad.

“Esta fórmula hoy ya es una realidad. En Barcelona ya hay entre 9.000 y 10.000 pisos los propietarios de los cuales alquilan habitaciones por días a turistas, y en Cataluña hay más de 14.000. Por lo tanto, esto que ya existe es el que ahora hemos regulado”, especificó Octavi Bono, que recordó que “se establece el plazo de un año porque los ayuntamientos puedan asumir esta nueva tipología de alojamiento turístico y generen su propia ordenanza al respeto”. El registro de los hogares compartidos lo tendrá la Generalitat, como la de todos los alojamientos, a pesar de que será cada ayuntamiento que lo comunicará en el gobierno. Por lo tanto, ningún propietario podrá saltarse la comunicación con su consistorio ni saltarse las ordenanzas sobre esta cuestión.

Alojamientos singulares

El decreto de turismo crea la figura de los alojamientos singulares para aquellos alojamientos que no encajan bajo ninguno de las modalidades vigentes de alojamiento turístico, como las cabañas a los árboles, las barracas de piedra seca entre viñas o las cuevas. La nueva norma establece que tendrán que ser fuera de vehículos, aeronaves o embarcaciones y que podrán tener una capacidad máxima para seis personas.

Otra de las novedades y que, según la consejera Àngels Chacón, era una demanda de las casas rurales, es que estas podrán ejercer otras actividades complementarias en la propia función de alojamiento. Las casas rurales podrán organizar reuniones o catas. En todo caso, sí que el decreto delimita que los alojamientos rurales no podrán tener una capacidad para más de veinte personas (hasta ahora era de quince).

La antigüedad de las edificaciones para los establecimientos de turismo rural pasa a ser anterior a 1957. Por qué? “Porque fue aquel año que el ejército norteamericano hizo una fotografía aérea de todo el país”, cosa que ya fijó un catálogo de masías, explicó el director general de Turismo, Octavi Bono. La exigibilidad del requisito de la antigüedad de la edificación es necesario para garantizar la prestación del servicio de alojamiento en edificaciones que respeten la arquitectura rural del país.

Vivienda de uso turístico

En cuanto a la vivienda de uso turístico, con el nuevo decreto se establece que no podrá ser ocupado con más plazas que las indicadas a la cédula de habitabilidad, y que su capacidad máxima es, bajo cualquier circunstancia, de quince plazas. Los titulares de un establecimiento de uso turístico tendrán que librar las normas de convivencia a los clientes y, en caso de que estas no se cumplan, estos podrán ser desalojados de forma inmediata sin esperar las 24 horas actuales.

El nuevo decreto también regula los alojamientos al aire libre. Establece para las áreas de acogida de las autocaravanas en tráfico un tiempo máximo de estancia de 48 horas. Esta ha sido una necesidad urgente de regular, dado el aumento de esta forma de hacer turismo y la falta de normativa que había en este sentido hasta ahora.

En cuanto a los campings, estos pasarán a clasificarse con estrellas, igual que los hoteles, e irán de 2 estrellas los más modestos a las 5 estrellas los de más lujo. Esta es una reivindicación histórica del sector.

La tasa turística

A partir de esta nueva normativa, los diversos ayuntamientos con más turismo tendrán directrices para gastarse los fondos para el fomento del turismo, la tasa turística. Y es que el decreto establece que “los entes locales que en su territorio se haya logrado o superado el umbral los 300.000 euros de recaudación en concepto de impuesto, tienen que destinar un mínimo del 60% a proyectos de promoción turística”.

Los que no hayan llegado a este importe “tienen que destinar un mínimo del 75% a esta finalidad”.

En la nueva normativa, el gobierno ha establecido la definición y la responsabilidad de los intermediarios de alojamientos turísticos de acuerdo con su régimen jurídico. También especifica que los operadores, prestamistas de servicios de la sociedad de la información están sometidos al decreto –afecta plataformas como Airbnb– para “prever y evitar el fraude y la comercialización de alojamientos turísticos ilegales”. Están sometidos al decreto tanto si los operadores actúan desde Cataluña como los que lo hacen de fuera cuando realicen intermediación en alojamientos situados en Cataluña.

El objetivo, según explicó la consejera Àngels Chacón, “es prever el fraude y evitar la comercialización de alojamiento turístico ilegal”. Por otro lado, con el nuevo decreto “se refuerza el principio que la economía digital relacionada con la actividad turística tiene la obligación de respetar la legalidad turística vigente”.

El decreto mejora la disciplina administrativa jurídica y da seguridad jurídica a las administraciones locales para imponer todo tipo de sanciones previstas en la ley de turismo. Según el director general de Turismo, Octavi Bono, la normativa anterior “tenía elementos que debilitaban la capacidad de inspección de los ayuntamientos”.

Durante los últimos cinco años, el gobierno ha estado trabajando con varias organizaciones por, finalmente, presentar el decreto. Treinta y ocho asociaciones presentaron alegaciones antes de su aprobación.

A pesar de que la incertidumbre provocada por la crisis del coronavirus es alta, el director general de Turismo, Octavi Bono, dijo ayer que la normativa no prevé modificaciones a corto plazo. “ hemos pensado [en los efectos de la Covid-19], pero necesitamos que la norma se adecue en un entorno estable”, va dir. “Si se tienen que producir cambios, primero preferimos que haya un poso; si después los nuevos escenarios requieren un marco normativo diferente, entonces nos adaptaremos”, aseguró.

Finalmente, el nuevo decreto de turismo amplía la composición de la comisión de los fondos para el fomento del turismo de quince a veinte miembros.